El 1 de enero de 2021. Es la fecha elegida para aplicar de forma obligatoria el nuevo Reglamento de Producción Ecológica en la Unión Europea, aprobado hace unas semanas.
Se trata de una normativa de importante calado que, a pesar de tener un claro enfoque hacia la agricultura ecológica, también modifica algunos aspectos referentes al sector cárnico. Es la culminación de cuatro años de negociaciones en una industria estratégica para la UE y motor de la economía española.
Dentro del preámbulo del propio Reglamento aprobado, se especifica que se pretende promover:
“Una competencia leal y un funcionamiento adecuado del mercado interior de los productos ecológicos, mantener y justificar la confianza del consumidor en los productos etiquetados como ecológicos, y crear las condiciones apropiadas para que esa política pueda progresar de acuerdo con la evolución de la producción y el mercado”.
No obstante, el progresivo fortalecimiento de los controles requeridos, el aumento en las medidas de protección y la exigencia de armonización normativa que tendrán cumplir terceros países respecto a la Unión Europea, no contraviene la simplificación y el sistema tendente a la igualdad que la nueva normativa busca de cara al mercado interior de productos orgánicos.
Cabe preguntarse, por tanto, si esta nueva regulación afectará, y en qué medida, a los productos cárnicos. Y en este punto son varias las cuestiones sobre las que el nuevo marco legislativo tendrá incidencia:
- Especifica el Reglamento que deberán aplicarse normas detalladas de producción adicionales para las categorías (bovino, ovino, caprino, porcino…) más habituales y otras, cuyo alcance se extiende, como las aves de corral o los conejos. Y se remite a la Comisión europea para que establezca determinados requisitos para tales especies, relativos a la carga ganadera, las superficies mínimas o las exigencias técnicas de alojamiento.
- Asimismo, propugna la nueva normativa que se atienda, en cuanto a la elección de las razas animales, a las que dispongan de un alto grado de diversidad genética, la capacidad de los animales de adaptarse a las condiciones locales, su valor de cría, su longevidad, su vitalidad y su resistencia frente a enfermedades o problemas sanitarios…
- La nueva regulación también impone que los terceros países, desde los cuales se importen estos productos, deben adecuar su sistema de producción conforme a la normativa comunitaria. De este modo, se restringe el alcance los acuerdos de equivalencia entre países sobre los sistemas de inspección y certificación de alimentos en el ámbito de las importaciones y exportaciones.
- Por último, la nueva normativa también apostará por los denominados circuitos cortos de distribución con el objetivo de facilitar el mercado local europeo y dar entrada a nuevos actores, en concreto los productores cárnicos más pequeños, que encontrarán un sistema más flexible para desarrollar su actividad e incluso poder acogerse a la certificación de grupo.